Guía Geológica Parque Nacional de las Tablas de Daimiel

19 EL PARQUE NACIONAL LA DECLARACIÓN DE PARQUE NACIONAL Y OTRAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN En virtud de la Ley del 17 de julio de 1956 sobre “Saneamiento y colonización de los terrenos pantanosos que se extienden inmediatos a las márgenes de los ríos Guadiana, Cigüela, Záncara y afluentes de estos dos últimos en las provincias de Ciudad Real, Toledo y Cuenca”, se abrieron numerosos canales de drenaje y se rectificaron y profundizaron tramos de los cau- ces del Guadiana y Gigüela con la finalidad de desecar las zonas pantanosas, para crear nue- vas zonas cultivables, y contribuir al exterminio del paludismo, una enfermedad muy extendida entre los habitantes de esta región. Con el objetivo de analizar y dar solución a la alarmante destrucción de los humedales europeos y promovida por la Unión Interna- cional para la Protección y Conservación de la naturaleza (UICN), el Consejo Internacional para la Conservación de Aves (ICBP) y por la Oficina Internacional sobre Aves Acuáticas (IWRB), en 1962 se celebra en Francia la “Conferencia MAR”. Un poco más tarde, en 1966, se crea y se regula la “Reserva Nacional de Caza de las Tablas de Daimiel”, con una superficie estimada en 2.750 ha. Pero la declaración de Reserva no fue sufi- ciente para detener su desecación en aumento. Horizonte nítido de La Mancha en su entronque con el Campo de Calatrava desde las primeras elevaciones de los Montes de Toledo. En primer plano la localidad de Villarrubia de los Ojos. En 1972, como medida de protección del hume- dal, el servicio provincial del ICONA elabora un “Estudio–Propuesta para la creación del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel”, y mediante Decreto 1874/1973 de junio, las Tablas de Daimiel se convierten en parque nacional. En 1980, el recién creado parque nacional es incluido como Reserva de la Biosfera dentro de La Mancha Húmeda. En 1982 con la firma de adhesión de España a la “Convención relativa a los humedales de importancia internacional es- pecialmente como hábitat de aves acuáticas”, también llamada Convención de RAMSAR, las Tablas de Daimiel pasaron a formar parte de la lista de ese convenio. Como medidas paliativas a los efectos causa- dos por el intento de desecación y encaminadas a restauración del ecosistema se construyó en 1985 la presa de Puente Navarro, con objeto de retener el agua que se perdía por los canales de drenaje, e inmediatamente después, en 1986, se acometió la eliminación de gran parte de ellos. Sin embargo, la alteración más grave, que pone en peligro la supervivencia del humedal, es la explotación desmesurada de los recursos hídricos subterráneos con fines agrícolas.

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